¿Qué es un Trabajo en la Vía?
R/ Autorización otorgada por la Municipalidad que abarca la intervención de una vía con el objetivo de instalar servicios que permitan la construcción de un proyecto en una propiedad privada.
¿Cuándo debo solicitar una autorización de Trabajos en la Vía?
R/ La autorización de trabajos en la vía se debe solicitar cuando se requiera la intervención del derecho de vía para la instalación de servicios o mejoras a media via.
¿Cuáles son los requisitos que debo presentar para aprobación de un Trabajos en la Vía?
- Plano Catastro Visado
- Planos del diseño indicando curvas de nivel, desfogue de aguas pluviales, cortes, taludes, elementos de la via, accesos o cualquier obra complementaria
- Especificaciones técnicas de los trabajos a realizar (se debe presentar cuadro de áreas según las obras presentadas).
- La Municipalidad solicitará una garantía de cumplimiento por daños que pudieren ocasionarse en trabajos de la vía, el monto se calcula según los trabajos a realizar y las líneas de contratación con la que cuenta la Municipalidad. Se deberá entregar a la Tesorería.
Observaciones Generales
- La dirección de correo electrónico que se consigne será el lugar habilitado para atender notificaciones según la Ley de Notificaciones Judiciales y la Ley General de la Administración Pública
- Todo trámite debe aportar la documentación legal de propietario del proyecto. En caso de persona jurídica, debe aportar la documentación legal correspondiente.
- En caso de que el trámite sea presentado por un tercero, el solicitante, debe presentar la autorización respetiva
- Deberá de tomar todas las medidas necesarias para evitar accidentes, tales como instalación de señalamientos, rótulos, peañas, etc.; además debe de tener en cuenta las tuberías y conexiones de agua potable, eléctricas y de fibra óptica existentes en el lugar, entradas a propiedades ya que la responsabilidad de cualquier daño correrá por cuenta de los ejecutores de la obra
- Deberá de acatar lo indicado en el "Reglamento de Dispositivos de Seguridad para la protección de Obras" publicado en el Diario Oficial La Gaceta No. 103, del 30 de mayo de 1997, mediante Decreto No. 26041-MOPT. En caso de cierre de vía parcial o total, debe contar con el visto bueno de la Dirección General de Ingeniería de Tránsito. Debe de tener presente lo indicado en el Art. 154 de la Ley General de Administración Pública, Ley 6227. Esta autorización se otorga basados en le Art. 30 de la Ley General de Caminos Públicos y sus Reformas, Ley 5060 y el Art III. 9, Rotura de Pavimento del Reglamento de Construcciones, Ley 833
- Los trabajos para construir en el derecho de vía deben de tener en cuenta lo establecido en el Manual Centroamericano de Normas para el diseño Geométrico de Carreteras como es el caso: El bombeo de las aguas pluviales, la cual se determina de acuerdo con la pendiente de la carretera, desde la corona de la carretera hasta la cuneta o bordillo que las recibirá. Debe tener claro la sección transversal típica en tangente en carretera de dos direcciones y la sección transversal típica en curva en carretera en dos direcciones. El empalme de los trabajos en la carpeta asfáltica nueva con la carpeta asfáltica existente se debe de colocar emulsión asfáltica en las pegas, esto es para evitar filtraciones de agua y que la carretera no sufra desgaste por la filtración. Adicional a esto se debe tener en cuenta que el empalme es un punto crítico de diseño, por lo tanto, debe de cumplir en esta zona con la estructura de pavimento aprobada.
Para cualquier consulta adicional se puede enviar al correo electrónico: j.obrapublica@escazu.go.cr
¿Qué debo de hacer para solicitar un trámite de movimiento de tierra?
R/ Puede realizar este trámite en línea desde la comodidad de su casa u oficina llenando el formulario por medio del siguiente enlace: