Estimada persona escazuceña
Los días 17, 18 y 19 de setiembre de las 9 a.m. a las 3 p.m., funcionarios del Ministerio de Hacienda estarán ubicados en el salón del edificio Santiago Fernández Meléndez aclarando inquietudes sobre el impuesto al valor agregado (IVA) .
Acérquese, consulte, infórmese.
Generalidades del IVA
- Grava Bienes y Servicios dentro del territorio nacional
- Son contribuyentes de este impuesto las personas físicas, jurídicas, públicas o privadas que realicen actividades de producción, distribución, comercialización o venta de bienes o prestación de servicios.
- Tarifa general del 13%
- El impuesto se cobra al momento de la compra y venta del bien o prestación del servicio
- Cuando la compra, venta o prestación del servicio se consigne en moneda distinta al colón, deberá tomarse como referencia el tipo de cambio del BCCR al momento de la transacción comercial.
Obligaciones de los contribuyentes
- Inscripción en el Registro Único Tributario
- Registro ante la Administración Tributaria Virtual (ATV).
- Sistema de Facturación Electrónica (emitir y confirmar comprobantes electrónicos).
- Presentación de la declaración D.104 IVA en ATV.
- Liquidación y pago del impuesto por conectividad.
- Aceptar cualquier medio de pago alternativo, sean tarjetas de crédito o débito u otros mecanismos de pago electrónicos.
- La no presentación de declaraciones, la no aceptación de medios de pago alternativos acarrea sanciones administrativas según el Código de Normas y Procedimientos Tributarios.