¿En qué casos se debe solicitar la reposición de certificado de patentado?
R/ El Subproceso de Patentes entregará a cada persona patentada el certificado que lo acredita como tal y éste deberá estar colocado en un lugar visible en el establecimiento. En caso de extravío, deterioro o destrucción de este documento, la persona patentada deberá solicitar su reposición y cubrir el costo del nuevo certificado.
Es obligación de la persona patentada mantener en un lugar visible, dentro de la zona de exposición y venta de los bienes y/o servicios de la actividad permitida, en un lugar accesible para cualquier persona inspectora municipal y/o al público en general.
¿Qué se requiere para realizar el trámite de reposición de certificado de patentado?
R/ De acuerdo con lo regulado en el artículo 10 de la Ley 8988 así como del artículo 8 del Reglamento para Licencias Municipales, tanto el solicitante como el propietario registral del inmueble deberán estar completamente al día con el pago de todas sus obligaciones municipales. Y según el artículo 18 bis de la Ley 4755 estar al día en las obligaciones tributarias ante Tributación Directa.
El solicitante deberá cumplir con lo establecido en el artículo 74 de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social en el sentido de que todo patrono o persona que realice total o parcialmente actividades independientes o no asalariadas deberán estar inscritas, activas y al día o bien con un arreglo de pago formalizado, en el pago de sus obligaciones con la CCSS.
Cancelación del costo por concepto de reposición de certificado.
Para mejor resolver, deberá actualizar los documentos que se encuentren vencidos en el expediente administrativo al momento de la solicitud de reposición.
¿Por cuál medio se puede realizar el pago del costo de la reposición del certificado?
El pago del costo de la reposición del certificado puede ser realizado en las cajas recaudadores de Plataforma de Servicios de la Municipalidad de Escazú o bien por medio de transferencia electrónica en el cual señale en el detalle el concepto que se paga para lo cual deberá enviar un correo electrónico al Subproceso de Gestión de Cobros con el comprobante de dicha transferencia.
Cédula jurídica 3-014-042050
Banco Nacional
Cuenta corriente en colones | 100-01-035-000676-6 |
Cuenta corriente en dólares | 100-02-171-000466-2 |
Cuenta cliente (Dólares - SINPE) | 15117110020004661 |
Cuenta cliente | 1510351001000676-5 |
Iban ¢ | CR85015103510010006765 |
Iban $ | CR09015117110020004661 |
Banco de Costa Rica
Cuenta corriente en colones | 001-0285612-3 |
Cuenta cliente | 15201001028561234 |
Iban ¢ | CR08015201001028561234 |
Iban $ | CR6101520100102232308-3 |
FAVOR ENVIAR EL COMPROBANTE DEL DEPÓSITO A LOS CORREOS: cobros1@escazu.go.cr; cobros2@escazu.go.cr; cobros3@escazu.go.cr; cobros4@escazu.go.cr; cobros5@escazu.go.cr
En caso de dudas sobre el trámite puede comunicarse al Subproceso de Patentes al Teléfono 22087500 Extensión 8014 o a los correos j.patentes@escazu.go.cr patentes1@escazu.go.cr patentes@escazu.go.cr patentes2@escazu.go.cr patentes3@escazu.go.cr patentes4@escazu.go.cr
¿Qué debo de hacer para solicitar mi licencia municipal?
R/ Puede realizar este trámite en línea desde la comodidad de su casa u oficina llenando el formulario en línea junto con los documentos requeridos por medio del siguiente enlace: