¿Qué es una Licencia Municipal?
R/ Es aquel acto administrativo mediante el cual la municipalidad autoriza a las personas físicas o jurídicas la operación para el ejercicio de cualquier tipo de actividad económica con fines lucrativos y no lucrativos, la cual se obtendrá mediante el cumplimiento de los requisitos establecidos tanto en la Ley como en el reglamento.
¿Qué es la patente?
R/ Es la obligación tributaria que debe cumplir toda persona física o jurídica que ejerce actividades lucrativas previa aprobación de la licencia municipal correspondiente.
¿Quiénes deben contar con Licencia Municipal?
R/ Toda persona física o jurídica que desarrolle una actividad lucrativa o no lucrativa dentro del Cantón de Escazú, aún y cuando su domicilio fiscal se encuentre en otro cantón, deberá obtener la licencia respectiva y pagar el impuesto correspondiente.
¿Qué tipo de licencias existen?
R/ La Municipalidad podrá otorgar, según la actividad, licencias permanentes, temporales y para actividades ocasionales.
¿Cuáles negocios deberán contar con la licencia para la comercialización de bebidas con contenido alcohólico?
R/ Cualquier negocio que expenda bebidas con contenido alcohólico según las categorías establecidas en la ley 9047.
¿A partir de cuándo corresponde pagar el impuesto de patente?
R/ El impuesto de patente se cobrará a partir del momento del inicio de la actividad dentro del Cantón de Escazú, aún y cuando él o la solicitante haya iniciado la actividad sin la respectiva licencia.
¿Cuál es el procedimiento de cobro del impuesto de patente?
R/ El procedimiento se encuentra comprendido en la Ley 8988 denominada Ley de Licencias para Actividades Lucrativas y no lucrativas del Cantón de Escazú. Se establecen como factores determinantes los ingresos brutos o las ventas brutas anuales que perciban las personas físicas o jurídicas sujetas al impuesto durante el periodo fiscal anterior al año que se grava; a los cuales se les aplicará un 0.35% (¢3.50 por cada mil colones). *
*Con excepción de lo señalado en los artículos 14 y 15 de la Ley Nº 8988.
¿Cuándo corresponde pagar el impuesto de patente municipal?
R/ Tanto las licencias comerciales como para el expendio de bebidas con contenido alcohólico se cancelarán por adelantado y se pondrán al cobro de manera trimestral durante los meses de enero, abril, julio y octubre de cada año.
¿Cuándo se debe presentar la declaración del impuesto de patente municipal?
R/ Todas las personas patentadas tienen la obligación de presentar cada año la declaración jurada del impuesto de patente ante la Municipalidad de Escazú y anexar fotocopia de la declaración del impuesto sobre la renta del periodo sujeto a gravar, debidamente recibida por la Dirección General de Tributación, cualquiera que sea la cuantía de sus ingresos o ventas brutas obtenidas. El plazo máximo para su presentación será de ochenta días naturales contados a partir de finalizado el periodo fiscal. En los casos en los que las empresas tengan autorización de la Dirección General de Tributación para funcionar con periodo fiscal diferente, los sujetos pasivos deberán comunicarlo a la Municipalidad de Escazú para el registro correspondiente y el plazo para la presentación será igualmente de ochenta días naturales. Los contribuyentes autorizados por la Dirección General de Tributación en el Régimen de Tributación simplificado deberán presentar copia de las declaraciones juradas trimestrales correspondiente al periodo fiscal, debidamente selladas por la Dirección General de Tributación o los agentes auxiliares autorizados.
¿Qué debe presentar una persona patentada que realice actividades lucrativas en otros cantones además de Escazú?
R/ Además del formulario de declaración jurada y la fotocopia de la declaración de renta, deberá aportar una certificación de un contador (a) público autorizado en donde se detallen los montos correspondientes que le corresponde gravar a cada municipalidad, incluida la Municipalidad de Escazú. Dichos montos quedarán sujetos de verificación por parte de la Municipalidad de Escazú.
¿Qué sucede si la declaración y sus anexos no son presentados dentro del plazo máximo establecido?
R/ Las personas patentadas que no presenten dentro del término establecido la declaración jurada del impuesto, con sus anexos, se harán acreedores a una multa de un 20%del monto anual del impuesto pagado el año anterior, el cual deberá pagarse conjuntamente con el impuesto del trimestre siguiente.
¿Qué debo de hacer para solicitar una licencia municipal por primera vez?
R/ Puede realizar este trámite en línea desde la comodidad de su casa u oficina llenando el formulario en línea por medio del siguiente enlace: