¿Cuánto es el costo del trámite del rotulo?
R/ El impuesto de la licencia de publicidad exterior es del 1% del valor del rotulo
¿Cuánto tiene de vigente el rotulo?
R/ La licencia de publicidad exterior tiene una vigencia de 2años
¿Cuántos rótulos puedo colocar?
R/ El Plan Regulador establece que se otorga la licencia de un rotulo por patentado
¿Necesariamente el trámite tiene que venir firmado por medio de un profesional responsable?
R/ En realidad, se entiende que la estructura debe contar con una persona que asuma la responsabilidad sobre la estructura del rotulo y todo lo que implica la instalación y permanencia del mismo, siendo así, es factible que se firme por el interesado sin que sea colegiado en el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos.
Se aclara, que en el caso de estructuras independientes si se requiere gestionar el tramite de solicitud formal de permiso de construcción como corresponde.
Estoy tramitando una patente, ¿puedo al mismo tiempo gestionar la licencia de publicidad exterior?
R/ Si se puede iniciar, pero se debe de tener en cuenta que la publicidad exterior se autorizara una vez que se cuente con la patente comercial.
¿Puedo colocar una estructura tipo “tótem” al frente de mi local comercial?
R/ Dependiendo del tamaño del local según lo ha establecido el artículo 37 del Plan Regulador, se podrá contar con rótulos publicitarios con soporte independiente, en el caso de que se pueda colocar un “tótem”, este deberá ser tramitado por medio de la plataforma APC del Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos.
¿Qué debo de hacer para solicitar una licencia de publicidad exterior?
R/ Puede realizar este trámite en línea desde la comodidad de su casa u oficina llenando el formulario en línea junto con los documentos requeridos por medio del siguiente enlace: